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El Gobierno creó un régimen de fomento de inversión para las
exportaciones
|| bcrnews.com.ar
La medida tiene como objetivo principal incrementar las exportaciones de las
mercaderías comprendidas en las actividades del agro, hidrocarburos y minería.
A través del Decreto 234/2021, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno creó un
régimen de fomento a las exportaciones que abarcará las inversiones destinadas a la
puesta en marcha de nuevos proyectos productivos en actividades foresto-industriales,
mineras, hidrocarburíferas, de industrias manufactureras y agroindustriales, así como a
la ampliación de unidades de negocio ya existentes, que requieran inversión con el fin
de aumentar su producción.
Podrán solicitar el regimen las personas humanas o jurídicas, domiciliadas tanto en el
país como en el extranjero, que presenten ante la Autoridad de Aplicación un
Proyecto de Inversión para la Exportación en los sectores de actividad
incluidos en el presente, que implique la realización de una inversión directa en moneda
extranjera no inferior a un monto de U$S 100.000.000, calculada al momento de la
presentación del proyecto.
«Resulta necesario generar instrumentos que permitan enfrentar la situación de crisis
derivada de los desbalances macroeconómicos existentes desde hace tres años, así como
también la situación de necesidad y urgencia generada por la citada pandemia,
destacó el documento.
Objetivos prioritarios
a. Incrementar las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las actividades a las
que alude la medida.
b. Promover el desarrollo económico sustentable contemplando la equidad social.
c. Favorecer la creación de empleo.
d. Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos.
e. Propender al crecimiento económico y socialmente equitativo.
f. Obtener la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y de las distintas
regiones
Los objetivos fijados en el artículo precedente se llevarán a cabo mediante la
promoción de:
a. La inversión nacional y extranjera directa para incrementar las capacidades
productivas destinadas a la exportación.
b. La integración del capital nacional e internacional, en la generación de ecosistemas
productivos.
c. La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al
mejoramiento de la competitividad y la capacidad productiva, como así también la
promoción del desarrollo tecnológico en la REPÚBLICA ARGENTINA con ese objeto.
d. La formación de emprendimientos conjuntos, binacionales y/o plurinacionales, con el
objeto de permitir la exportación de bienes compuestos por tecnología nacional en el
mercado de la empresa asociada y/o terceros mercados, así como la incorporación de
tecnología y financiación no disponibles en el país.
e. La creación de consorcios de exportación compuestos por pequeñas y medianas empresas
con el fin de facilitar y favorecer la presencia en el mercado externo.
f. El desarrollo coordinado de las competencias entre el ESTADO NACIONAL, las provincias y
las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos naturales.
Beneficios
Los beneficiarios o las beneficiarias del presente régimen gozarán de un monto de libre
aplicación de hasta el 20 % de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al
proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales
o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances
cerrados y auditados y/o a la repatriación de inversiones directas de no residentes.
Este beneficio no podrá superar un máximo anual equivalente al 25 % del monto bruto de
divisas ingresadas por el beneficiario o la beneficiaria en el Mercado Libre de Cambios
(MLC), para financiar el desarrollo del proyecto y podrá aplicarse una vez transcurrido
un año aniversario desde que se haya hecho efectivo el ingreso de divisas en el Mercado
Libre de Cambios (MLC).


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