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El Gobierno creó un régimen de fomento de inversión para las exportaciones
|| bcrnews.com.ar

La medida tiene como objetivo principal incrementar las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las actividades del agro, hidrocarburos y minería.

A través del Decreto 234/2021, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno creó un régimen de fomento a las exportaciones que abarcará las inversiones destinadas a la puesta en marcha de nuevos proyectos productivos en actividades foresto-industriales, mineras, hidrocarburíferas, de industrias manufactureras y agroindustriales, así como a la ampliación de unidades de negocio ya existentes, que requieran inversión con el fin de aumentar su producción.

Podrán solicitar el regimen las personas humanas o jurídicas, domiciliadas tanto en el país como en el extranjero, que presenten ante la Autoridad de Aplicación un “Proyecto de Inversión para la Exportación” en los sectores de actividad incluidos en el presente, que implique la realización de una inversión directa en moneda extranjera no inferior a un monto de U$S 100.000.000, calculada al momento de la presentación del proyecto.

«Resulta necesario generar instrumentos que permitan enfrentar la situación de crisis derivada de los desbalances macroeconómicos existentes desde hace tres años, así como también la situación de necesidad y urgencia generada por la citada pandemia”, destacó el documento.

Objetivos prioritarios

a. Incrementar las exportaciones de las mercaderías comprendidas en las actividades a las que alude la medida.

b. Promover el desarrollo económico sustentable contemplando la equidad social.

c. Favorecer la creación de empleo.

d. Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos.

e. Propender al crecimiento económico y socialmente equitativo.

f. Obtener la sostenibilidad ambiental del país, de las provincias y de las distintas regiones

Los objetivos fijados en el artículo precedente se llevarán a cabo mediante la promoción de:

a. La inversión nacional y extranjera directa para incrementar las capacidades productivas destinadas a la exportación.

b. La integración del capital nacional e internacional, en la generación de ecosistemas productivos.

c. La incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de la competitividad y la capacidad productiva, como así también la promoción del desarrollo tecnológico en la REPÚBLICA ARGENTINA con ese objeto.

d. La formación de emprendimientos conjuntos, binacionales y/o plurinacionales, con el objeto de permitir la exportación de bienes compuestos por tecnología nacional en el mercado de la empresa asociada y/o terceros mercados, así como la incorporación de tecnología y financiación no disponibles en el país.

e. La creación de consorcios de exportación compuestos por pequeñas y medianas empresas con el fin de facilitar y favorecer la presencia en el mercado externo.

f. El desarrollo coordinado de las competencias entre el ESTADO NACIONAL, las provincias y las respectivas autoridades de aplicación en materia de recursos naturales.

Beneficios

Los beneficiarios o las beneficiarias del presente régimen gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el 20 % de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados y/o a la repatriación de inversiones directas de no residentes.

Este beneficio no podrá superar un máximo anual equivalente al 25 % del monto bruto de divisas ingresadas por el beneficiario o la beneficiaria en el Mercado Libre de Cambios (MLC), para financiar el desarrollo del proyecto y podrá aplicarse una vez transcurrido un año aniversario desde que se haya hecho efectivo el ingreso de divisas en el Mercado Libre de Cambios (MLC).

 

 

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