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Medida: el Gobierno realizó un
fuerte cambio en fertilizantes y Sturzenegger sorprendió con un cálculo sobre la baja
del costo argentino
lanacion.com.ar
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó
una nueva resolución que, según el gobierno nacional, simplifica el sistema de
trazabilidad y certificación de fertilizantes y enmiendas y permite reducir los costos de
importación. La resolución 214/2025, que está en el Boletín Oficial de
ayer, establece cambios en los procesos de registro, fiscalización, comercialización e
importación de esos insumos utilizados en la agricultura. El ministro de Desregulación y
Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, afirmó que esta medida, junto con
otras decisiones adoptadas desde el inicio de la gestión libertaria, permitirá que la
baja del costo argentino en fertilizantes alcance el 57%. En la red X el
funcionario explicó que la normativa da por autorizados todos los fertilizantes de
países serios y elimina la necesidad de informar el movimiento del fertilizante a granel
excepto para el nitrato de amonio.
Según detalló el Senasa en un comunicado, la medida busca optimizar la calidad de
los productos utilizados en la agricultura, reducir la carga burocrática y facilitar la
integración con los mercados internacionales. El nuevo marco reglamentario
establece procedimientos simplificados para el registro de personas y productos, habilita
mecanismos automáticos de inscripción y amplía la trazabilidad en la comercialización.
Una de las principales novedades de la resolución es que permite el registro automático
para fertilizantes ya aprobados en países con alta vigilancia sanitaria y la
incorporación de un sistema de aviso de importación que no requiere autorización
previa. Estas actualizaciones van en sintonía con los sistemas de trazabilidad del
mundo y ubican al Senasa en un nuevo paradigma de registros, en el que prima la
autogestión, la reducción de barreras administrativas y la simplificación de
procedimientos, señaló el organismo.
La resolución también establece que los registros de productos y operadores quedarán
vigentes sin necesidad de renovación periódica, lo que reduce tiempos y costos para las
empresas. Además, contempla sanciones ante la detección de datos falsos o adulterados en
las declaraciones juradas, incluyendo la suspensión inmediata del registro.
Sturzenegger celebró la medida y explicó que la resolución básicamente da por
autorizados todos los fertilizantes de países serios y elimina la necesidad de informar
el movimiento del fertilizante a granel, excepto para el nitrato de amonio.
De acuerdo a sus declaraciones, el objetivo principal es agilizar la importación de
insumos más económicos, en combinación con las reformas impositivas impulsadas por el
ministro de Economía, Luis Caputo. El año pasado se eliminaron los aranceles aplicados a
la urea y sus mezclas con nitrato de amonio que se ubicaban en 5,4 y 3,6%.
Como ejemplo, detalló que el año pasado importar urea con un precio FOB de US$390
terminaba por costar US$726 por impuestos y cargas. Con la baja de aranceles, la
eliminación del impuesto PAIS y la posibilidad de no pagar percepciones de IVA y
Ganancias, ese valor se redujo a US$534, lo que representa una caída del 26%. Pero
el costo argentino, que es lo que se paga por encima de los 390 del precio
internacional, cae de US$336 a US$144: una baja de 57%, explicó.
La nueva normativa también incorpora pautas específicas para la trazabilidad de
fertilizantes, especialmente en los casos que incluyen sustancias con requerimientos
especiales. En ese sentido, la resolución establece que la comercialización de
envíos a granel de más de cincuenta toneladas de fertilizantes que contengan nitrato de
amonio debe ser comunicada al Senasa con antelación a su despacho.
Otro punto destacado es la posibilidad de inscribirse mediante un sistema de autogestión
a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), que permite a las empresas
registrarse de forma inmediata para elaborar, distribuir o importar fertilizantes y
enmiendas. El Senasa indicó que estas firmas podrán comenzar a comercializar sus
productos tras presentar la documentación, quedando estas sujetas a fiscalización
posterior.
Según lo estipulado por la norma, la presentación de la Declaración Jurada
habilitará automáticamente a las firmas registrantes a comercializar los productos
registrados, y el Senasa tendrá un plazo máximo de diez días hábiles para
expedirse. En caso de no hacerlo en ese lapso, el producto quedará automáticamente
aprobado.
La medida incluye también un procedimiento especial para la importación de bioinsumos y
contempla la posibilidad de registrar productos con múltiples usos, como aquellos con
fines nutricionales y de protección vegetal, dentro del mismo trámite.
En cuanto a la importación, la resolución prevé que los productos que cuenten con
certificaciones de inscripción o registro emitidas por las autoridades competentes de los
países contemplados en el Anexo I del Decreto N° 101/2025, podrán ingresar mediante el
procedimiento simplificado de autogestión y emisión inmediata de la constancia de
registro y Aviso de Importación.
Para los productos no incluidos en esa lista, o que carezcan de antecedentes de registro,
se mantiene la necesidad de gestionar una autorización especial, pero bajo un esquema que
según indican es más ágil, con un plazo de resolución de hasta cinco días hábiles.
En el caso de exportaciones, los requisitos se adaptan a las exigencias del país de
destino.
La resolución 214/2025 entrará en vigencia dentro de 60 días corridos desde su
publicación.



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